top of page

SÍGUEME:

  • Facebook - Black Circle
  • Instagram - Black Circle
  • Pinterest - Black Circle

POSTS RECIENTES: 

BÚSQUEDA POR TAGS: 

No hay tags aún.

NIEGAN EN COLOMBIA REGISTRO MARCARIO DE “CONTRE MOI”- MARCA DE LOUIS VUITTON

La reconocida marca de lujo Louis Vuitton Malletier, después de 70 años ha decidido lanzar al marcado su propia línea de perfumes, esta línea fue lanzada a nivel mundial a finales de 2016 y tenia planeada su entrada al mercado latinoamericano y por supuesto al colombiano durante el transcurso de este año.


La colección esta compuesta por siete fragancias: Rose des vents, Turbulences, Dans la peau, Apogée, Matiére noire, Mille Feux y Contre moi. Y como cualquier empresa responsable de los productos que lanza al mercado, la empresa francesa a través de sus apoderados en Colombia desde 2015 inició progresivamente el registro de las siete marcas propiedad de Louis Vuitton Malletier, todas fueron solicitadas en la clase 3 de Niza, con el fin de contar con los registros para el momento del lanzamiento en Colombia.

Sin embargo, la marca Contre Moi, no corrió la misma suerte que las otras seis que si fueron registradas, ya que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decidió negarla el 19 de Diciembre de 2016 bajo el argumento "que los signos en estudio apreciados en conjunto de manera sucesiva y no simultánea, presentan similitudes en su contenido fonético y ortográfico debido a que el signo solicitado Contre Moi está parcialmente contenido en la marca registrada Contreac Regulateur Sebum”. Es decir, que al ya existir una marca registrada en la misma clase 3 y que contiene la palabra “Contre” puede considerarse que hay similitud entre las dos y según la dirección de signos distintivos “los signos analizados son similarmente confundibles, dado que desde el punto de vista fonético al ser pronunciados generan un impacto sonoro similar, en razón a la disposición de los fonemas utilizados”. Y “Por lo tanto podemos afirmar que de coexistir las marcas enfrentadas en el mercado, inducirán al consumidor a error respecto del origen empresarial”


Razón por la cual, los apoderados de Louis Vuitton decidieron apelar la decisión de la Superintendencia, donde defienden que hay un indebido fraccionamiento al comparar los signos, que en realidad no existe un riesgo de confusión ya que Contre Moi es una expresión novedosa, que no cuenta con significado propio en el idioma español y por tanto puede ser considerada de fantasía y a su tiempo diferenciadora frente al público consumidor” , y lo más importante que no existe una conexión competitiva entre las dos marcas por tratarse de canales de distribución diferentes, porque Louis Vuitton tiene un consumidor especializado y porque el producto relacionado con la marca solicitada cuenta con un mercado objetivo.


A pesar de estos esfuerzos legales, la SIC decidió el pasado 30 de Mayo de 2017 confirmar su decisión y negar el registro marcario de Contre Moi, ya que insiste que si existe conexión entre las dos marcas por tratarse de la misma clase 3, y que al apreciarlos en conjunto se observa que son ortográfica y fonéticamente similares, lo que genera confusión en el público y esto se ajusta a una de las causales de irregistrabilidad.


Esto indica, que así haya buenos argumentos a favor de un proceso de registro marcario y así se trate de una empresa reconocida como Louis Vuitton no siempre se tiene las de ganar. En mi opinión, a pesar de los argumentos de la SIC, considero que no hay lugar a confusión entre los compradores de los dos productos. Que podían perfectamente coexistir en el mercado.



Sin embargo, a pesar de este inconveniente, el 1 de Junio de 2017 se hizo el lanzamiento oficial en Colombia de la línea de fragancias en el único almacen de la marca en la ciudad de Bogotá, seguramente la empresa francesa deberá tener un cuidado especial para comercializar Contre Moi porque, aunque no hay ningún impedimento para estar en el mercado, si es claro que esta marca especifica no cuenta con protección en nuestro país. Y es muy posible que en Colombia solo se puedan adquirir las marcas que si se encuentran registradas.



Fuentes: Expediente 15.263.254, Resolución N° 87235 de 19 de diciembre de 2016 y Resolución N° 30179 de 30 de mayo de 2017 (Dirección de signos distintivos Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia).


Imágenes de la página web de Louis Vuitton.

bottom of page